| “Un
siglo que comenzó prácticamente
sin ningún derecho para los
niños termina con los niños en posesión
de uno de los
instrumentos jurídicos más poderosos,
que no solamente reconoce
sus derechos humanos sino que los protege”
– Carol Bellamy, Directora Ejecutiva del
UNICEF
Los
derechos humanos de los niños, y las normas
a las que deben aspirar todos los gobiernos para
fomentar el cumplimiento de estos derechos, se
encuentran articulados de forma precisa y completa
en un tratado internacional de derechos humanos:
la Convención sobre los Derechos del Niño.
La Convención es el instrumento de derechos
humanos que más ratificaciones ha recibido
en toda la historia, ya que todos los países
del mundo excepto dos han aprobado sus disposiciones.
Esta amplia aceptación sirve para incrementar
el protagonismo de los niños y las niñas
en la tarea de lograr el respeto universal de
los derechos humanos. Al ratificar el instrumento,
los gobiernos nacionales se han comprometido a
proteger y asegurar los derechos de la infancia
y han aceptado su responsabilidad ante la comunidad
mundial por el cumplimiento de este compromiso.
Basada
en diversos sistemas jurídicos y tradiciones
culturales, la Convención sobre los Derechos
del Niño está compuesta de una serie
de normas y obligaciones aceptadas por todos que
no son negociables. Estipula los derechos humanos
básicos que deben disfrutar los niños
en todas partes, sin discriminación alguna:
el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno;
a la protección contra las influencias
peligrosas, contra el maltrato y la explotación;
y a la plena participación en la vida familiar,
cultural y social. Todos los derechos descritos
en la Convención se ajustan a la dignidad
humana y el desarrollo armonioso de todos los
niños y las niñas. La Convención
protege los derechos de la niñez al estipular
pautas en materia de atención de la salud,
la educación y la prestación de
servicios jurídicos, civiles y sociales.
Estas pautas son puntos de referencia que sirven
para medir el progreso. Los Estados Partes de
la Convención están obligados a
establecer y poner en práctica todas las
medidas y políticas de conformidad con
el interés superior del niño y de
la niña.
La
Convención sobre los Derechos del Niño
es el primer instrumento internacional jurídicamente
vinculante que incorpora toda la gama completa
de derechos humanos: derechos civiles y políticos
así como derechos económicos, sociales
y culturales.
Convención
sobre los Derechos del Niño
Adoptada
por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de Noviembre de 1989.
Preámbulo
Considerando
que, de conformidad con los principios proclamados
en la Carta de las Naciones Unidas, la libertad,
la justicia y la paz en el mundo se basan en el
reconocimiento de la dignidad intrínseca
y de los derechos iguales e inalienables de todos
los miembros de la familia humana.
Teniendo
presente que los pueblos de las Naciones Unidas
han reafirmado en la Carta su fe en los derechos
fundamentales del hombre y en la dignidad y el
valor de la persona humana, y que han decidido
promover el progreso social y elevar el nivel
de vida dentro de un concepto más amplio
de la libertad.
Reconociendo
que las Naciones Unidas han proclamado y acordado
en la Declaración Universal de Derechos
Humanos y en los pactos internacionales de derechos
humanos, que toda persona tiene todos los derechos
y libertades enunciados en ellos, sin distinción
alguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma,
religión, opinión política
o de otra índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición.
Recordando
que en la Declaración Universal de Derechos
Humanos las Naciones Unidas proclamaron que la
infancia tiene derecho a cuidados y asistencia
especiales.
Convencidos
de que la familia, como grupo fundamental de la
sociedad y medio natural para el crecimiento y
el bienestar de todos sus miembros, y en particular
de los niños, debe recibir la protección
y asistencia necesarias para poder asumir plenamente
sus responsabilidades dentro de la comunidad.
Reconociendo
que el niño, para el pleno y armonioso
desarrollo de su personalidad, debe crecer en
el seno de la familia, en un ambiente de felicidad,
amor y comprensión.
Considerando
que el niño debe estar plenamente preparado
para una vida independiente en sociedad y ser
educado en el espíritu de los ideales proclamados
en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular,
en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia,
libertad, igualdad y solidaridad.
Teniendo
presente que la necesidad de proporcionar al niño
una protección especial ha sido enunciada
en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre
los Derechos del Niño y en la Declaración
de los Derechos del Niño adoptada por la
Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y
reconocida en la Declaración Universal
de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos (en particular,
en los artículos 23 y 24 ) , en el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales (en particular, en el artículo
10 ) y en los estatutos e instrumentos pertinentes
de los organismos especializados y de las organizaciones
internacionales que se interesan en el bienestar
del niño,
Teniendo
presente que, como se indica en la Declaración
de los Derechos del Niño, "el niño,
por su falta de madurez física y mental
necesita protección y cuidado especiales,
incluso la debida protección legal, tanto
antes como después del nacimiento ".
Recordando
lo dispuesto en la Declaración sobre los
principios sociales y jurídicos relativos
a la protección y el bienestar de los niños,
con particular referencia a la adopción
y la colocación en hogares de guarda, en
los planos nacional e internacional; las Reglas
mínimas de las Naciones Unidas para la
administración de la justicia de menores
(Reglas de Beijing); y la Declaración sobre
la protección de la mujer y el niño
en estados de emergencia o de conflicto armado.
Reconociendo
que en todos los países del mundo hay niños
que viven en condiciones excepcionalmente difíciles
y que esos niños necesitan especial consideración.
Teniendo
debidamente en cuenta la importancia de las tradiciones
y los valores culturales de cada pueblo para la
protección y el desarrollo armonioso del
niño.
Reconociendo
la importancia de la cooperación internacional
para el mejoramiento de las condiciones de vida
de los niños en todos los países,
en particular en los países en desarrollo,
han convenido en lo siguiente: ver artículos.
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